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Autor Tema: Fomento permitirá el uso de drones con fines comerciales, pero con limitaciones  (Leído 5025 veces)
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madcortina
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« : 12 de Mayo de 2014, 22:19:50 »

De momento esto acaba de salir hoy: http://www.eleconomista.es/interstitial/volver/aciertoabril/tecnologia-gadgets/noticias/5771655/05/14/Fomento-permitira-usar-drones-en-determinadas-condiciones-con-limitaciones.html


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La secretaria general de Transportes, Carmen Librero, avanzó que el Ministerio de Fomento prevé hacer público a finales de este mes el borrador del Real Decreto que regule la utilización de los vehículos aéreos no tripulados, conocidos como drones, para su actividad comercial o profesional, regulando específicamente el empleo de estas aeronaves y permitiendo su uso "en determinadas condiciones con limitaciones".

Los drones son consideradas como aeronaves por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), y por tanto están sujetos a la legislación aeronáutica general vigente en España y en Europa lo que no hace posible el vuelo de los drones en todos los casos.

Así, aunque su uso seguirá prohibido sobre núcleos urbanos o sobre grupos de población (playas, conciertos, manifestaciones, procesiones), se podrá conceder autorizaciones puntuales para que esta utilización pueda ser llevados a cabo.

"Actualmente la reglamentación española prohíbe expresamente el sobrevuelo de cualquier aeronave, tripulada o no, sobre núcleos urbanos, con excepción de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y el Ministerio de Defensa. Con la nueva ley habrá autorizaciones puntuales si se cumplen los requisitos de seguridad necesarios", explicó Librero.

La secretaria general de Transportes, que aseguró que los pilotos también deberán contar con una formación específica para el uso de estos drones, afirmó que el objetivo de la nueva ley es establecer los requisitos para el empleo del dron sea seguro, en todo lo que implica tanto al vehículo, como al piloto, como a la comunicación entre ambos "teniendo en cuenta la potencialidad enorme que tendrá el sector dentro de España".
Definir categorías de drones

En líneas generales el nuevo reglamento que prepara Fomento definirá las categorías de los drones, los clasificará en función de su peso, determinará los requisitos de seguridad, los sistemas de visualización y los procedimientos operativos a llevar a cabo en el espacio aéreo.

Para el Ministerio de Fomento "la seguridad es primordial" y por ello se trabaja "mano a mano" con la industria para conseguir una regulación que permita el desarrollo pero manteniendo los requisitos de seguridad. Hasta el momento tres empresas han solicitado autorizaciones para realizar un uso comercial o profesional de estos aparatos y se encuentran realizando vuelos demostrativos para obtener la autorización.

Desde el Ministerio de Fomento se insta a los compradores de este tipo de aparatos a que se informen bien de lo que están comprando y a que cumplan la legislación bien para uso lúdico o comercial informándose en los organismos necesarios de los requisitos obligados.
Con condiciones y regulados

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), dependiente del Ministerio de Fomento, lanzó la pasada semana un comunicado en el que aclaraba la situación de los vehículos aéreos no tripulados.

En concreto, la AESA explicaba que no está permitido el uso de drones para aplicaciones civiles con fines comerciales o profesionales, es decir para realizar actividades consideradas trabajos aéreos, como la fotogrametría, agricultura inteligente, reportajes gráficos de todo tipo, inspección de líneas de alta tensión, ferroviarias, vigilancia de fronteras o detección de incendios forestales.

Pero ahora con el nuevo Real Decreto esos usos podrán estar permitidos eso sí sujetos a la normativa y a la legislación. Así se diferenciarán entre los aeromodelos, que son exclusivamente para un fin deportivo o de recreo y los drones, que son aeronaves y como tales, están sujetas a la legislación aeronáutica general vigente en España, así como al resto de la normativa aeronáutica.

Cuando el fin es deportivo, no es comercial ni profesional, los modelos de aeronaves también tienen que estar federados en la Real Federación Española de Aeromodelismo.

Las sanciones actuales de la Ley de Seguridad Aérea por el incumplimiento de la regulación del uso de aeronaves no tripuladas se encuentran entre los 4.500 y los 70.000 euros. Actualmente el Ministerio de Fomento y la Agencia de Seguridad tienen un plan de Inspección que realiza más de 17.000 inspecciones en todos los ámbitos.
Adaptarse a la regulación europea

Hasta el momento solo existía una normativa que regulara estos usos emitida en el año 2011 por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) en la cual se consideraba a los drones como aeronaves, por tanto tenían que regirse por todas las normas europeas y nacionales referidas a la circulación aérea.

Hasta este momento no se contemplaba la posibilidad de que una aeronave no tripulada realizara trabajos aéreos. Pero el desarrollo industrial y las expectativas de negocio hacen que la regulación de estos drones se haga imperativa.

Por ello la Unión Europea presentó hace unos días sus planes para crear una normativa que derive en que en 2016 estas aeronaves formen parte también en el espacio aéreo europeo.


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« Respuesta #1 : 12 de Mayo de 2014, 22:20:50 »

Es mas o menos lo que se esperaba ahora a esperar que salga ese borrador y sepamos de una vez a que atenernos, tanto para uso profesional o como hobby.

Un Saludo.
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« Respuesta #2 : 12 de Mayo de 2014, 22:26:26 »

Es mas o menos lo que se esperaba ahora a esperar que salga ese borrador y sepamos de una vez a que atenernos, tanto para uso profesional o como hobby.


Como hobby no creo que cambie nada, sera como siempre ha sido, son para volar en los campos de vuelo y si nos ponemos en una campa donde no haya ningún peligro.

Volar en zonas habitadas (ciudades, parques, playas, aglomeraciones de personas y demás...) seguirá estando prohibido como siempre lo ha estado. A lo que voy, es que eso de grabar campanarios y demás dudo mucho que vaya a estar permitido como hobby.
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« Respuesta #3 : 12 de Mayo de 2014, 22:40:42 »

Esperaremos ese borrador, pero según pinta la cosa creo que el uso como hobby descenderá bastante ya que si nos obligan a cumplir la norma de solo volar en el campo de vuelo pienso que muchos usuarios perderemos el entusiasmo en este tipo de aparatos ya que no vamos a grabar todos los días que volemos el mismo sitio. Por otro lado para los profesionales dependerá mucho de cuanto cueste todo lo que exijan ya que además de la titulación para volar supongo que se tendrá que pedir algún tipo de permiso para cada trabajo y esto puede encarecer mucho el coste de cada vuelo, pero bueno hasta que no salga todo lo que se hable son suposiciones, saludos.
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« Respuesta #4 : 26 de Mayo de 2014, 16:26:14 »

Pues si, por lo menos hay un borrador que estudia el posible uso y que ponga algo de orden, porque aquí se ha apuntao hasta el gato, por cuatro duros y sin tener ni conocimientos ni aun siquiera siendo responsables de que no es  un juguete lo que llevan sino una cortadora de cabezas o unas picadoras aéreas, Asi tambien los que vemos que podriamos sacar algun uso en nuestros campos, yo soy ingeniero en geométrica y topografía, tambien sabríamos a que atenernos.
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« Respuesta #5 : 26 de Mayo de 2014, 20:59:52 »

Pero habéis leído el texto completo y lo habéis comprendido? Os habéis parado a pensar en lo que significa este párrafo??

Cuando el fin es deportivo, no es comercial ni profesional, los modelos de aeronaves también tienen que estar federados en la Real Federación Española de Aeromodelismo.
 
Según esto tendremos que federarnos todos para volar
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Saludos de: Antonio Domínguez

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